mil quinientos ochenta y seis millones de euros en pesetas prosiguen a cargo de los españoles

El Banco de España reporta que, a falta de un par de semanas para el fin del canje, doscientos sesenta y 3 mil ochocientos ochenta y ocho millones de pesetas prosiguen en poder de los españoles

Los españoles preservaban hasta el mes de abril un total de mil quinientos ochenta y seis millones de euros de la vieja moneda nacional sin intercambiar, una cantidad que equivale a doscientos sesenta y 3 mil ochocientos ochenta y ocho millones de pesetas pendientes de canje, a falta de un par de meses a fin de que concluya el periodo de canje, que concluye el treinta de junio.

Conforme los últimos datos publicados por el Banco de España, y pese a que han pasado más de dieciocho años desde el momento en que comenzó a circular la moneda común, los españoles preservaban en el mes de abril todavía ciento treinta y 3 mil doscientos setenta y cinco millones de pesetas en billetes (ochocientos uno millones de euros) y ciento treinta seiscientos trece millones de pesetas en monedas (setecientos ochenta y cinco millones de euros).

El banco transmisor estima que el cuarenta y cinco por ciento de las monedas en pesetas que estaban en circulación ya antes de la entrada del euro jamás se entregará al Banco de España para su canje por el hecho de que continuará a cargo de los españoles como pieza de coleccionismo, o por deterioro, pérdida o bien salida del país en los bolsillos de los turistas.

En el año dos mil veinte los españoles intercambiaron unos dos mil trescientos veintinueve millones de pesetas en billetes (catorce millones de euros) y ochocientos treinta y uno millones de pesetas en monedas (cinco millones de euros). Con respecto a enero del actual año, el número de pesetas se redujo en apenas un millón (de billetes).

El Gobierno de España fijó en 3 meses el periodo de convivencia para las dos monedas desde el 1 de enero de dos mil dos, cuando empezó a circular el euro en el bolsillo de los españoles, hasta el treinta y uno de marzo del mismo año, y, desde ese momento y hasta el próximo treinta de junio, estableció un periodo de canje de las monedas y de los billetes en pesetas en las oficinas bancarias.

Desde el 1 de julio de ese año, los españoles deben asistir al Banco de España si todavía preservan la vieja divisa nacional.

SE DEJARÁN DE CAMBIAR EL treinta DE JUNIO

Si bien estaba previsto que el organismo dejara de mudar las pesetas el pasado treinta y uno de diciembre de dos mil veinte, amplió el plazo hasta el treinta de junio de dos mil veintiuno, con lo que los españoles disponen de menos de un mes para intercambiar la moneda solicitando su cambio en la sede del organismo en la capital de España y en cualquiera de sus sucursales sin límite cuantitativo.

El género de cambio es de un euro por cada ciento sesenta y seis con trescientos ochenta y seis pesetas. No se va a tener en consideración aspectos como la antigüedad o bien el estado de los billetes y monedas de peseta. El cambio se puede hacer en una cualquiera de las quince sucursales del Banco de España repartidas por todo el territorio nacional o bien en la sede de la capital española (C/ Alcalá, cuarenta y ocho), en horario de ochocientos treinta a catorce horas.

Como norma, se cambiarán todos y cada uno de los billetes siguientes por año mil novecientos treinta y nueve. En su caso, los billetes emitidos entre mil novecientos treinta y seis y mil novecientos treinta y nueve asimismo pueden ser objeto de cambio tras ser analizados por los especialistas del Banco de España. Se rechazará el cambio de aquellos billetes que presenten una superficie igual o bien inferior al cincuenta por ciento del billete.

Se cambiarán las monedas que estaban en circulación el 1 de enero de dos mil dos. Asimismo se cambiarán las monedas de dos mil pesetas que estaban en circulación el 1 de enero de dos mil dos, como las monedas de compilación, conmemorativas y singulares.

El Banco de España rembolsará las monedas genuinas, incluyendo las estropeadas, que sean reconocidas como semejantes por las máquinas empleadas a esos efectos y va a poder rechazar el cambio de las que hayan sufrido alguna perturbación derivada de un proceso industrial o bien mecánico

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